La Justicia Nacional del Trabajo de Argentina, a solicitud de la Confederación General del Trabajo (CGT), dispuso esta semana la suspensión provisional de los artículos 2 y 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia 340/25, firmado por el presidente Javier Milei hace dos semanas. Con ello, deja sin efecto temporalmente la consideración de nuevos servicios como esenciales para garantizar su funcionamiento mínimo durante un paro.
El DNU 340/25 había ampliado la lista de actividades esenciales, que hasta entonces incluía sanitarios, energéticos y control de tráfico aéreo, para incorporar transporte marítimo y fluvial, servicios portuarios y aduaneros, educación, telecomunicaciones y rubros de “importancia trascendental” como construcción e industria alimenticia, exigiendo un 75% y un 50% de operatividad respectivamente bajo amenaza de sanciones y pérdida de personería gremial. De no cumplirse estos parámetros, los sindicatos podrían enfrentar multas y otras sanciones.
La medida, cuya copia fue publicada por ABC y a la que accedió la AFP, marca un nuevo capítulo en el pulso entre el Gobierno de Milei y las organizaciones laborales, que han realizado tres paros generales desde su asunción en diciembre de 2023. Se espera que el Ejecutivo evalúe apelar ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
La CGT celebró el fallo y aseguró que “seguirá dando las batallas necesarias para salvaguardar los derechos de los trabajadores”, en un contexto de crecientes tensiones con el oficialismo que buscan redefinir el marco de las relaciones laborales en el país.
Fuente: ABC